La Ley de Medicina Prepagada vigente desde el año 2016 que regula los seguros privados consta de tres partes.
Importantes para la regulación y control, tanto para el prestador del servicio como para el usuario.
A continuación ampliamos más información que necesitas conocer:
Los Capítulos que componen la Ley, tienen que ver con:
*Regulaciones por parte del Estado a las actividades empresariales con la finalidad de impedir arbitrariedades y abusos.
(Arbitrariedad: dícese de una acción arbitraria cometida con abuso de autoridad)
*Precautelar los derechos de la ciudadanía para evitar exclusiones por la edad, estado gestacional, siniestralidad y enfermedades preexistentes.
*La sostenibilidad financiera y económica de las compañías de medicina prepagada.
Con relación a las preexistencias expuestas en la Ley, se establecen normas que representan cambios importantes en el mercado asegurador.
Esta es una medida que busca beneficiarte a ti y a miles de ciudadanos que desean contratar una medicina prepagada.
También mejorar la operatividad del sector asegurador.
Sin embargo, algunos de estos cambios, pueden generar un impacto sustancial en los seguros privados.
Te explicamos:
La Ley de Medicina Prepagada contempla:
La obligatoriedad que mantendrán las coberturas de salud de asegurar enfermedades preexistentes dentro del ramo de asistencia médica y salud prepagada.
Correspondiente a 20 salarios básicos unificados anuales, aplicando a partir del final del segundo año de la contratación del seguro.
Debido a esta nueva regulación, las enfermedades preexistentes ya no harán parte del campo de exclusiones en los contratos de salud, y de la misma manera no se podrá negar la cobertura para su renovación.
¿Cómo aplicarlo?
Para que la norma sea legalmente aplicada, si tú eres afiliado del contrato de salud debes indicar antes de la firma del contrato las enfermedades preexistentes que conoces has tenido.
Esta es la única manera que la legislación sea cumplida por parte de le empresa de medicina prepagada que brinda el servicio.
La claridad de la información que entregues asegura la adecuada cobertura que tu seguro de salud podrá brindarte en un momento de verdad, es decir ante una
¿Qué son preexistencias?
Son todas las enfermedades que se te han diagnosticado antes de contratar un plan de seguro de salud.
Las enfermedades preexistentes por definición son aquellas enfermedades, patologías o discapacidades existentes en el posible afiliado.
Y su nombre corresponde a preexistencias dado que son patologías originadas antes del momento de la contratación de un seguro de salud.
Incluso, algunas empresas de seguros privados, consideran como preexistencias a las enfermedades que hayan sido desarrolladas en el periodo de carencia.
El riesgo es lo que ceden las empresas de medicina prepagada ante la posibilidad que algo fortuito sucediera.
Y asegurar algo cierto, atenta contra uno de los principios básicos del seguro, el actuar de buena fe.
¿Qué necesito saber?
Es indispensable entender el concepto de que las primas de muchos afiliados, cubren los siniestros de pocos.
Por ello, si se aseguran a personas enfermas, el riesgo deja de ser aleatorio.
Y se convierte en un perjuicio para la empresa que brinda el servicio.
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