Sabemos que el lenguaje y terminología de los seguros, muchas veces es complejo y técnico. Cuando vas a contratar un plan de salud, te hablan de preexistencias, coaseguros, deducibles, vigencias y un sin número de términos que, por lo general, no conocemos.
Ahora vamos hablar de las preexistencias médicas. Un punto muy importante en el proceso para adquirir un servicio de atención integral de salud prepagada o coberturas de seguros de asistencia médica.
¿Qué son?
Una enfermedad que contrae una persona a lo largo de su vida, sea cual sea ésta, en el ámbito de los seguros privados, se le denomina PREEXISTENCIA. Si esa persona no cuenta con un contrato privado de salud, y por su seguridad adquiere una póliza, en primera instancia, se le consultará si tiene o no una preexistencia.
Las preexistencias médicas son las enfermedades adquiridas antes de contratar un seguro médico. Es importante que sepas que los seguros no podrán cubrir algunas enfermedades hasta que transcurra un tiempo de carencia como se le denomina. El tiempo de carencia es un lapso que debe pasar para que el seguro construya un fondo de ahorros y pueda cubrir tu enfermedad.
Por ello, los contratos celebrados con las empresas de seguros de salud privadas, son mínimo de un año de vigencia.
La ley que Regula las Compañías de Salud Prepagada y de Asistencia Médica, emitida en el 2016, estipula que el tiempo de carencia para cubrir las preexistencias debidamente declaradas recibirán obligatoriamente cobertura, por un monto anual de veinte salarios básicos unificados del trabajador en general.
La cobertura se aplicará después de un período de carencia de veinticuatro meses, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato. El monto de cobertura podrá ser ampliado y el período de carencia reducido, en virtud del acuerdo libre y voluntario de las partes.
Además, y en beneficio de los afiliados, ninguna empresa de Medicina Prepagada o Compañía de Seguros, podrá negar la contratación del servicio en casos de conocer previamente las enfermedades preexistentes de los posibles contratantes.
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